El divorcio exprés logró destrabar casos crónicos: Balance a un año del nuevo Código Civil

Foto: Juan Manuel Ábalos

No existen cifras que avalen un crecimiento de esta modalidad en nuestro país, desde que entró en vigencia el nuevo Código Civil y Comercial, el 1 de agosto del año pasado. Especialistas afirman que el proceso, hoy ,constituye una etapa de co-construcción en la que cooperan abogados y mediadores para consensuar.

El divorcio pasó a ser abreviado, mas conocido como divorcio «exprés», se caracteriza por ser un proceso más breve: un tramite que antes antes podía durar décadas, hoy en promedio oscila entre los tres y los seis meses. No obstante, esto no se reflejó en un incremento de juicios según lo expresa el portal web Diario Uno de Mendoza.

«Llevaba más de tres años de separado. No fue nada puntual, nos separamos, simplemente. Tenemos cuatro hijos en común. Yo rehíce mi vida, me puse en pareja y tuve una hija. Tal vez fue eso lo que la llevó a pedirme el divorcio. No lo sé. En cualquier caso, no fue problemático el trámite y ahora sólo hay que esperar el fallo del juez», contó un mendocino de 45 años, quien pidió expresamente mantenerse en el anonimato.
Al hombre lo notificaron a fines de febrero, contestó en marzo y en los primeros días de junio asistió a la audiencia conciliatoria en la que zanjó las diferencias que tenía con su ex. Dice que esa instancia duró apenas 20 minutos: lo que tardó en leer y redactar la magistrada.
Julieta Mazzoni, asesora letrada del Registro Civil de Mendoza, explicó: «Lo que hacemos nosotros es inscribir en la marginal del acta de matrimonio la sentencia de divorcio que nos envía el juez. Desde que el divorcio es abreviado, no hubo un movimiento estadístico sensible que nos permita hablar de que ahora las personas se divorcian más«.

Aproximadamente, se divorcian por año 2.000 parejas. En 2015, se registraron en promedio 100 casos más que en 2014. «El 5% no es nada porque año a año siempre cambia en ese orden», agregó Mazzoni. «Ese porcentaje, además, no es de nuevos juicios. En su mayoría, corresponde a casos crónicos que merced al nuevo modelo de divorcio abreviado se destrabaron», apuntó.
Las cifras que manejan desde Registro Civil son anuales, por eso no tienen un número definitivo de este año. No obstante, advierten que la tendencia es igual a la que se registró durante los últimos cinco meses del año pasado.
Cambios en la modalidad.
«El divorcio ahora es mucho más rápido. Eso se debe a que el nuevo código introduce grandes cambios:

*Antes era contencioso: existía una disputa entre dos partes; ahora, en cambio, es una etapa de co-construcción en la que cooperan abogados y mediadores para consensuar», dijo el abogado Daniel Poletti, especialista en Familia.

*El juicio se puede iniciar con la voluntad expresa de una sola de las partes, es decir, por petición unilateral. Lógicamente, el trámite se puede iniciar por presentación conjunta o sea bilateral.
En esos casos, es cuando el juicio se hace más ligero porque todo está acordado con anterioridad y el paso por el Poder Judicial no es más que un formalismo. Es entonces cuando el trámite puede durar un mes.
Cómo es el proceso teniendo en cuenta la legislación aprobada
Artículo 436.
Nulidad de la renuncia. Es nula la renuncia de cualquiera de los cónyuges a la facultad de pedir el divorcio. El pacto o cláusula que restrinja la facultad de solicitarlo se tiene por no escrito.
Artículo 437.
Legitimación. El divorcio se decreta judicialmente a petición de ambos o de uno solo de los cónyuges.
Artículo 438.
Requisitos y procedimiento. Toda petición de divorcio debe ser acompañada de una propuesta que regule los efectos derivados de este. La omisión de la propuesta impide dar trámite a la petición. El convenio regulador debe contener las cuestiones relativas a la atribución de la vivienda, la distribución de los bienes y las eventuales compensaciones económicas entre los cónyuges. En el ejercicio de la responsabilidad parental, en especial, se debe incluir la prestación alimentaria.