Jubilados: la nueva fórmula de aumentos tendrá un techo pero el Gobierno no garantizará un piso mínimo

Se moverá por salarios y recaudación de la ANSeS, pero si la inflación sube mucho, los haberes quedarán rezagados.

La nueva fórmula de movilidad jubilatoria que impulsa el Gobierno tiene un techo y no tiene piso ni frente a la inflación ni frente a los salarios, algo más que peligroso en una economía con altísimos índices de incremento de los precios.

En la historia previsional argentina abundan los períodos en que el congelamiento nominal de los haberes y la licuación por la inflación han sido constantes como volvió a manifestarse en los últimos años con índices del 30, 40 o más del 50% anual.

El tema fue analizado en el Gobierno y por eso una de las propuestas- que quedó desechada- planteaba otorgar un bono que cubriera la diferencia si la variación de los precios superara a la Recaudación Total de la ANSeS. Ese bono, según esa propuesta, no se integraría al haber mensual y al ser extraordinario no compensaría la diferencia en menos con relación a la inflación, que se mantendría y hasta se acrecentaría en el tiempo. Aun así, con todas esas limitaciones, no prosperó.

El pase de los aumentos trimestrales a semestrales, en marzo y septiembre, agrava este peligro. Al espaciar los aumentos jubilatorios de 3 a 6 meses, en base a los semestres calendarios anteriores, y efectivizarse 3 meses después, el poder adquisitivo de los haberes jubilatorios y demás prestaciones sociales van perdiendo mes a mes frente a la inflación, sin recuperar esa pérdida en el siguiente aumento semestral.

Es que entre marzo y agosto, los aumentos reflejan las variaciones de julio a diciembre del año anterior, y entre septiembre y febrero del año siguiente, lo que pasó entre enero y junio. Para evitar esos peligros más que ciertos, se debería mantener como mínimo, los aumentos cada 3 meses, con una cláusula que garantice que en ningún caso los incrementos pueden ser inferiores a la inflación.

La incorporación parcial o total de la inflación en la fórmula de movilidad – como plantean sectores de la oposición- genera otro problema porque limita o anula la posibilidad de que las jubilaciones y demás prestaciones sociales aumenten con el propio crecimiento de la economía y/o de los salarios. Y que en períodos de alta y creciente inflación, se licuen las jubilaciones y demás prestaciones porque los aumentos son inferiores y se efectivizan con retraso de 3 o 6 meses con relación a la inflación corriente, como pasó a lo largo de 2018 y 2019. Por esas razones, la inflación debería ser una garantía de aumento mínimo.

En tanto, en el proyecto oficial, la fórmula tiene techo, dado por la evolución de la recaudación total de la ANSeS, por beneficio, durante los últimos 12 meses, incrementada en un 3% anual. Así los ingresos de la ANSeS marcan el límite a la movilidad previsional al margen de lo que pase con la inflación y con la propia evolución de los salarios.

Según el Gobierno, “este tope estuvo vigente entre 2009 y 2017 y es clave para garantizar la sustentabilidad del sistema de seguridad social, evitando que los gastos crezcan sistemáticamente más que los recursos y el déficit previsional crezca sin control (como sucedió entre 2016 y 2019). Esta condición de sustentabilidad había sido eliminada con la reforma del 2017”.

En definitiva los “gastos” – o sea, los aumentos de los haberes- no podrán crecer más que los “recursos”, dice el documento oficial, con lo que no hay ninguna garantía de que los jubilados y pensionados puedan mantener como mínimo el poder adquisitivo de sus haberes. Así, en nombre de la “sustentabilidad del sistema”, los jubilaciones y pensiones pasan a ser una de las variables del “ajuste” fiscal y previsional.

Lo real es que la sustentabilidad del sistema depende de muchas variables, como por ejemplo, el combate contra la evasión impositiva y previsional o el nivel de las contribuciones patronales, que se han ido deteriorando o reduciendo, en especial en los últimos años.

FUENTE: https://www.clarin.com/