El Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos confirmó una sentencia que obliga a un padre a continuar pagando una cuota alimentaria a su hijo mayor de edad, estudiante universitario, al considerar acreditado que la carga horaria de la carrera que cursa le impide desempeñar una actividad laboral estable.
El fallo —dictado en la causa “S., M.J. c/ S., J.A. s/ Alimentos”— reafirmó el criterio de que la obligación alimentaria respecto de los hijos mayores que estudian tiene carácter excepcional y temporal, pero resulta procedente cuando se demuestra que los estudios demandan una dedicación incompatible con el trabajo remunerado.
La Cámara de Apelaciones de Concordia había revocado el fallo de primera instancia y fijado una cuota alimentaria equivalente a medio Salario Mínimo, Vital y Móvil, vigente al momento del pago. Los jueces destacaron que el joven cursa Ingeniería Civil, con catorce materias aprobadas y calificaciones satisfactorias, lo que evidencia una dedicación que “razonablemente impide compatibilizar los estudios con una actividad remunerada”.
El padre apeló la resolución mediante un recurso de inaplicabilidad de ley, argumentando que no se probó de manera suficiente la imposibilidad de su hijo de trabajar y que la Cámara había incurrido en presunciones arbitrarias, sin valorar adecuadamente su propia situación económica.
El vocal Carlos Tepsich se pronunció por hacer lugar al recurso, sosteniendo que la extensión del deber alimentario prevista en el artículo 663 del Código Civil y Comercial no opera automáticamente, sino que requiere prueba concluyente sobre la imposibilidad de autosustento. Según su criterio, el joven no demostró que no pudiera compatibilizar los estudios con alguna actividad laboral.
Sin embargo, la vocal Gisela Schumacher —en disidencia— consideró inadmisible el recurso del padre, al entender que no contenía una crítica concreta y razonada a los fundamentos del fallo. Resaltó además que el desempeño académico del joven y la exigencia horaria de la carrera (entre 27 y 32 horas presenciales semanales, más trabajos y prácticas) justifican la extensión alimentaria.
La jueza enfatizó que el artículo 663 del CCCN busca garantizar el derecho a la educación y a la formación profesional de los jóvenes cuando ello les impide autosostenerse, criterio con el que coincidió su colega Leonardo Portela, conformando la mayoría que confirmó la decisión de Cámara.
Con este pronunciamiento, el máximo tribunal entrerriano ratificó la vigencia de una línea jurisprudencial que interpreta el deber alimentario de los progenitores de manera flexible frente a contextos de estudio que demandan dedicación plena.