Si continuara vigente la fórmula de movilidad previsional aprobada en diciembre de 2017 los jubilados y pensionados deberían recibir en junio próximo, todos por igual y más allá del nivel de sus haberes, una suba de 10,9%.
La ley que dispone cómo actualizar de manera automática y periódica las jubilaciones está suspendida desde diciembre pasado, a propuesta del presidente Alberto Fernández y según una ley del Congreso que así lo estableció. Esa suspensión es por 180 días, un período que termina antes del final de junio; en su momento se dispuso que antes de vencer ese plazo debía haber una nueva fórmula de movilidad aprobada por ley. Sin embargo, el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, ya anunció que para ese mes se dispondrá, tal como ocurrió con los ingresos de marzo, un incremento por Decreto; es decir, una recomposición definida según una decisión discrecional del Poder Ejecutivo. Y trascendió, además, que la suspensión se extendería por más tiempo, al menos hasta finalizar 2020.
El 10,9% como suba de marzo es el nivel de incremento surge de hacer el cálculo según la fórmula que rigió en 2018 y 2019. De acuerdo con ese mecanismo, los haberes debían ser actualizados según la evolución trimestral de los precios minoristas y, en menor medida también de los salarios de la economía formal . Para determinar la actualización de junio, concretamente, se observaba lo ocurrido con esas dos variables en el cuarto trimestre del año previo. En este caso, la inflación de ese período fue de 11,73% y la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte) -el índice salarial considerado- registró un avance de 9%. Para calcular el porcentaje de aumento se sumaban el 70% del primer índice y el 30% del segundo.
Por: Silvia Stang
fuente: Diario La Nacion