En Buenos Aires ya es ley la paridad de género en las listas legislativas

Ante un recinto repleto de mujeres de diferentes partidos políticos, la iniciativa fue convertida en ley por mayoría en la Cámara de Diputados de la provincia de Buenos Aires.

Durante la jornada del martes el proyecto de ley de Paridad de Género que modifica la ley Electoral para establecer un cupo femenino del 50% en los cargos electivos de cuerpos colegiados en ese distrito se convirtió en ley.
La iniciativa, que ya fue aprobada en el Senado, modifica el artículo 32 de la Ley Electoral, que establece que las «listas de candidatos deberán respetar para los cargos de cuerpos colegiados en todas las categorías una equivalencia del cincuenta (50) por ciento del sexo femenino y otro cincuenta (50) por ciento del sexo masculino».
Agrega además que «este porcentaje será aplicable a la totalidad de la Lista, la que deberá cumplir con el mecanismo de alternancia y secuencialidad entre sexos por binomios (mujer-hombre u hombre-mujer). Cuando se trate de nóminas u órganos impares la diferencia entre el total de hombres y mujeres no podrá ser superior a uno».
También establece que el género del candidato estará determinado por su Documento Nacional de Identidad (DNI), «independientemente de su sexo biológico».