Jubilación para madres: ¿A quiénes alcanzará el programa de aportes extra según cantidad de hijos y edad?

La medida se complementará con la moratoria actual, pero la cantidad de personas que podrán acceder a ellas será limitada por las condiciones que plantea. Cuántos hijos deben tener las mujeres para alcanzar el plazo necesario, según hayan cobrado o no AUH, y qué períodos abarca.

Anses prepara un programa para que puedan jubilarse mujeres que no tienen los aportes necesarios: por cada hijo se contará un año de servicio, y el beneficio será mayor para las que cobraron la Asignación Universal por Hijo ( AUH). Sin embargo, la cantidad de personas que podrán acceder a los haberes previsionales de esta forma es limitada. ¿Qué requisitos hay que cumplir?

El Gobierno anunció a fines de mayo el Programa Integral de Reconocimiento de Períodos de Servicio por Tareas de Cuidado. A través de él, alrededor de 155 mil mujeres de entre 60 y 64 años que no tengan los 30 años de aportes necesarios para jubilarse podrán contar por cada hijo un año de servicio, y para las que fueron beneficiarias de la AUH, serán tres por cada hijo.

La medida se complementará con la moratoria actual, que permite reconocer períodos de trabajo no remunerado (como el cuidado de la casa y de los hijos) hasta completar los aportes que les falten para llegar a los 30 años de actividad necesarios para retirarse. Pero para cubrir ese período es necesario tener una cantidad específica de hijos según cada caso.

La moratoria dirigida específicamente a mujeres”, conocida coloquialmente como jubilación para amas de casa, “les permite regularizar períodos para acreditar servicios a los efectos previsionales desde los 18 años de edad hasta el mes 12 del año 2003″, con lo cual hoy, en julio de 2021, “una mujer de 60 años puede regularizar 24 años y seis meses con moratoria”, explicó a BAE Negocios la abogada previsional María Emilia Carrozza.

El programa de la moratoria sirve para “incluir en servicios tareas no remuneradas: por ejemplo, servicios domésticos, cuidado de adultos mayores, servicios internos producto de los estereotipos de género”. Dado que la normativa vigente (ley 24.241), “exige acreditar 30 años de servicios para llegar a la prestación jubilatoria, a una mujer de 60 años le estarían faltando 5 años y seis meses para llegar a cumplir el requisito”, indicó. A una mujer de 64 años le faltarían dos años y medio a la fecha actual, ya que se cuentan a las que cumplieron 18 años desde el 1 de enero de 1955 hasta el 31 de diciembre de 2003.

La nueva medida está destinada a cubrir esos años faltantes, al “reconocer un año de servicios por cada hijo, o tres años si este hijo llegó a percibir por 12 meses la AUH”. “Además, permitiría reconocer períodos de licencia por nacimiento y de excedencia, que es un plazo posterior a la licencia de maternidad, donde se reserva el puesto de trabajo pero sin percepción de salario, por lo tanto, sin aportes”, agregó.

El acceso a una jubilación para mujeres de 60 años en adelante es clave no sólo para
satisfacer necesidades básicas alimentarias y contar con la cobertura de salud de Pami sino también para poder tener autonomía económica, lo cual les permite disponer de su dinero y, en algunos casos, poder salir de situaciones de violencia en su hogar.

Cuántos años se reconocen y las condiciones del beneficio

Anses reconocerá como aportes jubilatorios:

  • Un año por cada hijo para mujeres con hijos nacidos vivos o adoptados siendo menores de edad;
  • Tres años por cada hijo a las mujeres que hayan sido titulares de la AUH por al menos 12 meses
  • A las mujeres que se hayan tomado licencia por maternidad o períodos de excedencia se les reconocerá ese plazo como período en actividad

Las mujeres alcanzadas deben tener hoy entre 60 y 64 años, y para poder alcanzar la jubilación deben poder completar los 30 años de aportes, tanto por los plazos reconocidos por hijo así como los años de moratoria y/o los años trabajados con algún empleo registrado. Deben haber tenido hijos entre enero de 1955 y diciembre de 2003.

Las condiciones hacen que el acceso al beneficio sea limitado, al menos hasta que se sepa en detalle la reglamentación. “La Asignación Universal por Hijo fue creada en 2009, entonces no se sabe bien cuántas mujeres van a poder acreditar un año de percepción de la AUH” por los plazos que imponen las leyes, planteó Carrozza.

Si la AUH se crea en 2009 y tienen que cobrar durante un año esta asignación, y la AUH se cobra hasta los 18 años del hijo, ¿cuántas mujeres en el 2009 que hoy tienen 60 años tenían un hijo de, como mínimo, 17 años para llegar a percibir un año?”, cuestionó la abogada previsional.

Requisitos para acceder a la jubilación para mujeres por cantidad de hijos

Debido a que se necesitan 30 años de aportes para jubilarse y la moratoria hoy sólo llega a cubrir 24 años y medio para las mujeres de 60 años, “en los términos del proyecto, para completar los cinco años y medio que les faltan de la moratoria necesitan tener seis hijos, o dos hijos con percepción de la AUH durante 12 meses”, explicó Carrozza.

Por su parte, “una persona que hoy tiene 60 años debería haber tenido por lo menos dos hijos menores de 17 años para llegar a percibir la AUH durante 12 meses por cada hijo y cubrir los seis años que le faltan”. “Esto implica que hayan tenido por lo menos dos hijos después de los 31 años, en un momento histórico donde la maternidad estaba, en general, asociada a una edad más temprana”, analizó Carrozza.

Aunque la medida alcanzará a mujeres de hasta 64 años, cuanto mayor la edad, mayores son las limitaciones para acceder, ya que muchas no llegarían a tener hijos menores de 18 años para 2009, cuando comenzó a pagarse la AUH. La resolución a estas dudas y el alcance real de la medida “vamos a verlo efectivamente cuando salgan los términos normativos”, indicó Carrozza.

¿Qué pasa con las mujeres que se han tomado licencia mientras tenían un trabajo en blanco? “Para que aporten meses por las licencias por maternidad se necesita que hayan estado trabajando dentro del mercado laboral formal para poder acreditarlas. El plazo de excedencia en la ley de contrato de trabajo es de tres a seis meses”, sostuvo la letrada.

¿Qué es una moratoria?

Las personas que han trabajado pero que, por alguna razón, no tienen aportes jubilatorios o no llegan a cubrir los 30 años necesarios (sea por haber tenido trabajos informales o porque realizaron tareas de cuidado no remuneradas) pueden adherir a una moratoria previsional para completar el plazo que les falte, mediante el pago correspondiente.

La moratoria de la ley 26.970 está destinada a mujeres que cumplan la edad jubilatoria (60 años, y menores de 65 años), y los períodos a incluir deben estar comprendidos entre el 01/01/1955 al 31/12/2003. Los plazos se cuentan desde que la mujer cumple 18 años de edad. La deuda podrá cancelarse de contado o en un plan de hasta 60 cuotas, cuyos importes se adecuarán trimestralmente mediante la aplicación del índice de movilidad.

“Todos los planes de inclusión a la previsión social se hacen mediante moratorias”, que en estos casos “es una declaración de una mujer que ha trabajado y no ha hecho aportes, se reconocen esos trabajos y se genera una deuda de aportes”, agregó Carrozza. Más información: https://www.anses.gob.ar/informacion/moratorias-previsionales

Cómo va a ser el trámite

Los requisitos y documentos a presentar se conocerán cuando esté reglamentada la normativa, pero en base a cómo funcionan las moratorias y los planes de inclusión a la previsión social, Carrozza estimó que se necesitará en cada caso:

Partidas de nacimiento: Acreditar el carácter de hijo con partidas de nacimiento
Liquidación: Se realizará una liquidación de deuda de servicios cuentapropistas (monotributos o autónomos) para que se puedan acreditar los 30 años de servicio.
Clave fiscal: La liquidación se realizará en el aplicativo Sicam (ver este link), para lo cual es necesaria una clave fiscal. Las mujeres que quieran adelantar pasos pueden obtener desde ahora su clave fiscal en la Afip. El paso a paso se puede ver haciendo click aquí.
La AUH no necesitaría una acreditación porque figura en la base de datos de Anses
Para licencias y excedencias: Habrá que presentar certificados emitidos por el empleador que lo demuestren. “La forma en que se va a exigir esa certificación no se sabe, pero sí pueden ir contactando a empleadores antiguos para generar algún tipo de acreditación de esas circunstancias. En general, las formas para acreditar en Anses son amplias, porque en el derecho previsional rige el principio de primacía de la realidad por sobre las formas. Si uno acredita la realidad del hecho, deja de tener mucha importancia la forma en que se presente”, comentó Carrozza.

¿Y las que no fueron madres?

Para Carrozza, además de la limitación de acceso por los plazos de la moratoria, otro problema que implica este proyecto es que “únicamente estaría reconociendo las tareas de maternaje; no estaría reconociendo un montón de tareas que hacen las mujeres que también dificultan el ingreso al mercado laboral formal y que también son no remuneradas”.

Lo ideal sería que la moratoria existente se amplíe el período de reconocimiento en los términos en los que existe, sin hacer discriminación de qué tareas internas realizó la mujer». Dado que sólo se reconoce para la moratoria la actividad desde que la mujer cumple 18 años hasta el mes 12 del 2003, cuanto más tarde haya cumplido la mayoría de edad, menos años de servicios podrán reconocer con la moratoria, y se les dificulta más llegar a los 30 años de aportes para la jubilación.

Para resolver esto, como alternativa a la nueva medida propuso: “Si el límite, en lugar del mes 12 del 2003, estuviera cinco años después, les permitiría reconocer los 30 años de servicios con la moratoria y sin discriminar maternaje de no maternaje. Esta chance existe, pero es una decisión presupuestaria de a quién elegir y quién no”.

Fuente: Tucuman24.com