BUENOS AIRES.- La Administración Nacional de Seguridad Social (Anses) anunció que ya está disponible para los jubilados en el sitio web del organismo un apartado para el Programa Nacional de Reparación Histórica, reglamentado ayer a través de su publicación en el Boletín Oficial. Habrá prioridad en la liquidación de haberes de los mayores de 80 años y de quienes tengan problemas graves de salud.
En esta primera etapa, la respuesta de la Anses se limitará a informar si la persona está o no alcanzada por el programa, aunque desde el organismo advirtieron que también pueden darse casos en los que no haya una resolución.
Ante esta última situación, el jubilado o pensionado podrá presentarse en un centro de atención de la Anses para conocer cuál es su situación previsional. Aquí algunos pasos del programa:
• Para comenzar la consulta hay que acceder a www.anses.gob.ar e ingresar -desde la solapa MI ANSES- la Clave de Seguridad Social, que se puede crear sin necesidad de ir a una oficina, respondiendo preguntas sobre datos personales que realiza el sistema on line.
• Luego, hay que verificar y confirmar los datos de domicilio y contacto que aparecen en la parte superior derecha de la pantalla.
• Cuando ya estén cargados los datos, podrá chequear si corresponde o no un reajuste de haber.
• El interesado también deberá habilitar en la página web a su abogado para que éste pueda tener acceso a la propuesta de la Anses.
• Para expresar la voluntad de cobro, deberán ingresarse las claves de la Seguridad Social, pero también las huellas digitales (tanto del beneficiario como del abogado), trámite que puede completarse en el banco en el cual el jubilado cobra habitualmente o en alguna oficina de la Anses habilitada.
• Como el trámite debe realizarse con la asistencia de un abogado, se prevé que en el caso de no tener un juicio previo, la persona deberá designar a un letrado que cobrará un honorario de $ 500 que estará a cargo del organismo.
• La oferta de pago estará disponible en septiembre, cuando la persona podrá aceptar o no el acuerdo; si lo hace, se firmará con la huella digital del beneficiario y de su abogado.
• Quienes tengan juicio pero no sentencia firme, recibirán hasta un tope de 48 meses de retroactividad, mientras que aquellos que no hayan iniciado juicio, tendrán el reajuste del haber mensual desde la fecha de ingreso al programa.
• Cuando por razones de salud sea imposible la intervención del beneficiario en persona, el acto se puede realizar por un apoderado y además se establecerá un procedimiento alternativo en soporte papel, para los casos excepcionales.
• Si el jubilado no acepta la propuesta del Estado y no ingresa al plan de reajuste, seguirá cobrando lo que hoy percibe; y, si está en juicio, una vez concluido, la Anses acatará la sentencia.(DyN)