La Cámara Comercial interviene y habilita a la Superintendencia a tomar el control de la liquidación de Orbis Seguros

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial decidió que la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) estará a cargo del proceso de liquidación judicial de Orbis Compañía Argentina de Seguros S.A., luego de detectar inconsistencias en la información presentada por la aseguradora en su liquidación privada.

La resolución fue dictada por la Sala D, integrada por los jueces Pablo Damián Heredia, Ernesto Lucchelli y Eduardo R. Machin, en el expediente “Superintendencia de Seguros de la Nación c/ Orbis Compañía Argentina de Seguros S.A. y otro s/ Liquidación judicial de aseguradoras” (Expte. 8807/2025). El tribunal revocó la decisión de primera instancia que había rechazado el pedido del organismo de control.

⚖️ Artículo 50 de la Ley 20.091: la clave del caso

El eje de la discusión era determinar si estaban reunidos los requisitos legales para que la SSN, como autoridad regulatoria del mercado asegurador, pudiera desplazar la liquidación privada y asumir la dirección plena del proceso.

Los magistrados concluyeron que sí, recordando que el artículo 50 de la Ley 20.091 autoriza la designación judicial del organismo cuando la protección de los asegurados requiere una intervención más intensa del Estado.

La cuestión consiste en verificar si se dan las condiciones para habilitar a la Superintendencia a asumir la liquidación, en resguardo de los derechos de los asegurados”, subrayaron.

📉 Inconsistencias graves en la documentación

El fallo receptó los argumentos de la Fiscalía General, que había aconsejado revocar la resolución apelada. Según el dictamen y el análisis de la Cámara, la documentación presentada por Orbis en su liquidación voluntaria —iniciada en marzo de 2025— mostraba deficiencias significativas:

  • irregularidades en el Informe de Gestión Proyectada,
  • observaciones y carencias en el Balance de Liquidación,
  • datos insuficientes sobre el estado real de los reclamos de los asegurados,
  • falta de información clara para evaluar la solvencia y capacidad de pago de la compañía.

Para el tribunal, estas falencias impedían el control efectivo que la ley exige.

🛡️ Protección de los asegurados como prioridad

La Cámara destacó que la supervisión estatal en estas situaciones “no puede limitarse a un control meramente formal o documental”, sino que requiere la disponibilidad de información completa y verificable.

Aceptar un plan de liquidación con inconsistencias —advirtió el fallo— implicaría delegar indebidamente la protección de los asegurados en una compañía en situación patrimonial delicada, lo que podría generar riesgos institucionales y comprometer el orden público económico del sistema asegurador.

En palabras del tribunal:

“Un plan de liquidación que no cumpla los estándares mínimos de consistencia, transparencia y completitud afectaría directamente la potestad de control de la SSN y podría traducirse en una delegación impropia en un contexto de fragilidad patrimonial”.

🏛️ La SSN queda formalmente a cargo

Tras analizar los antecedentes y la normativa aplicable, la Sala D resolvió:

  • hacer lugar a la apelación de la Superintendencia,
  • designarla como liquidadora judicial de Orbis Seguros,
  • e imponer las costas a la aseguradora por resultar vencida en el proceso.

La decisión reafirma el rol central de la SSN como garante de la estabilidad del sistema asegurador y de la protección de los consumidores, especialmente cuando una compañía ingresa en una etapa de liquidación.