Violencia Laboral o Moobing, una figura legislativa que aún permanece incierta

Foto toma del sitio clarin.com

Las victimas pueden sufrir violencia psicológica, física y sexual. Cómo se ha avanzado en otros países y en este sobre el marco legal para proteger a los trabajadores del «mobbing«. Cuáles son los datos estadísticos de Argentina. Dónde denunciar.

En un informe publicado por el diario La Voz, la abogada laboralista Susana Treviño asegura una década atrás países como España, Cuba, España, Brasil, México y Uruguay ya venían tratando el denominado «mobbing» o acoso laboral. «Ahora se habla sin temor de violencia laboral. Hay una sede en el Ministerio de Trabajo (Oficina de Asesoramiento sobre Violencia Laboral). Además, se creó un convenio, hubo un avance y una iniciativa única a nivel nacional»asegura.

«En países como España e Italia, las patronales y las cámaras empresariales se sientan a conversar sobre las condiciones laborales, incluida la violencia laboral. Eso es una grave omisión de quienes lideran las centrales laborales en Argentina que están a cargo de los sindicatos», denuncia.

Recalca que hay que hacer tareas de prevención y de concientización antes de que se produzca el hecho. Y que en las mesas de concertación de convenios colectivos de trabajo no sólo se debe tratar el aumento de salarios sino cómo prevenir la violencia laboral.

El psiquiatra Mario Sassi destaca que la problemática se profundiza debido a la gran oferta laboral y la poca demanda: «Desde la salud mental hay que apoyar y contener. Si la patronal no quiere tener tantos problemas laborales el trato debe ser más humano, que se preocupe por la salud del trabajador».

Si bien algunas provincias tienen leyes para proteger a los trabajadores de casos de mobbing, como Buenos Aires, Entre Ríos, Santa Fe, Tucumán y la ciudad autónoma de Buenos Aires, no existe una ley nacional. Aunque sí hay muchos proyectos que fueron presentados.

Treviño estaca que hace años promulga que los casos de violencia laboral se tomen como enfermedad y accidente profesional, es decir que las empresas sean responsables y que se hagan cargo las aseguradoras de riesgo de trabajo. «Estaría dentro del derecho laboral y la seguridad social», explica.

Datos estadísticos más importantes

La Oficina de Asesoramiento sobre Violencia Laboral (OAVL) que depende del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la Nación difundió un informe estadístico de casos de violencia laboral, de enero a septiembre de 2016, atendidos en la AOAVL.

  • Edad: La mayoría de los que sufren violencia laboral tienen de 26 a 45 años, el 62 por ciento. En las edades de 18 a 25 años es del 10 por ciento. Y de 46 a 55, el 20 por ciento. Entre personas de más de 56 años baja al 10 por ciento.
  • Sexo: El 63 por ciento de quienes sufren acoso son mujeres. El 37 restante, varones.
  • Ámbito público: 5 por ciento.
  • Empresas privadas: 94 por ciento.
  • Empresa estatal: 1 por ciento.
  • Tipo de violencia: El 89 por ciento es psicológica. El 7 por ciento es física. El 4 por ciento es sexual.

Por provincia: CABA: 457 casos, Buenos Aires 245, Córdoba 17, Mendoza 16, Santa Fe 9, Chubut 5; Neuquén y Tucumán 4, Salta 3, Corrientes y Rio Negro 2.

 

Dónde denunciar

Oficinas de Recursos Humanos

En sindicatos, gremios

Ministerio de Trabajo de la Nación: Tel. 0800-666-4100/ 0800-222-2220.